Abogado laboralista en Barcelona
En un despido el reloj corre desde el día siguiente: hay veinte días hábiles para impugnarlo, y ese plazo es de caducidad. No se interrumpe reclamando a la empresa.
Dónde se lleva
Qué órgano te corresponde en Barcelona
Barcelona reparte la carga entre un número alto de Secciones, de modo que dos asuntos parecidos pueden llevar ritmos muy distintos según dónde caigan.
El asunto se sigue ante la Sección de lo Social del Tribunal de Instancia, que por tener jurisdicción provincial tiene su sede en Barcelona, capital de la provincia de Barcelona. Si vives en cualquier municipio de Barcelona, tu asunto acaba aquí.
El recurso de suplicación contra la sentencia lo resuelve la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.
Desde la reforma de los Tribunales de Instancia ya no existen como órganos separados los antiguos Juzgados: son Secciones del Tribunal de Instancia. Las citaciones y escritos anteriores siguen usando el nombre viejo.
En qué ayudamos
Derecho Laboral en Barcelona
- Despidos disciplinarios, objetivos y colectivos
- Reclamaciones de cantidad por nóminas, horas extra o finiquitos
- Sanciones y modificaciones sustanciales de condiciones
- Prestaciones y recursos frente a la Seguridad Social
- Papeleta de conciliación y reclamación previa
Si no tienes claro en qué punto está tu asunto, llama al +34 647 633 233 y te lo explicamos.
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Base normativa
De dónde sale lo anterior
- Estatuto de los Trabajadores, artículo 59.3: veinte días hábiles para impugnar el despido, plazo de caducidad.
- Ley 38/1988, artículo 8.1: sede en la capital de provincia de los órganos con jurisdicción provincial.
Esta página es información orientativa de carácter general y no sustituye al asesoramiento sobre un caso concreto.
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